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Leyes relacionadas al spam actualmente vigentes en la Argentina
LeyDeProtecciónDeDatosPersonales (25.326, Hábeas Data, octubre/2000)
En su artículo 1 (objeto) la Ley especifica:
La presente ley tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean éstos públicos, o privados destinados a dar informes, para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas, así como también el acceso a la información que sobre las mismas se registre, de conformidad a lo establecido en el artículo 43, párrafo tercero de la Constitución Nacional.
Esta ley hace ilegal que alguien comercie con sus datos si Usted les niega el permiso. Si su dirección de e-mail es un dato personal, la venta de bases de datos para hacer spam (una actividad de lo más frecuente entre spammers) se torna ilegal. En el art. 31 (sanciones administrativas), la ley especifica:
1. Sin perjuicio de las responsabilidades administrativas que correspondan en los casos de responsables o usuarios de bancos de datos públicos; de la responsabilidad por daños y perjuicios derivados de la inobservancia de la presente ley, y de las sanciones penales que correspondan, el organismo de control podrá aplicar las sanciones de apercibimiento, suspensión, multa de mil pesos ($ 1.000.-) a cien mil pesos ($ 100.000.-), clausura o cancelación del archivo, registro o banco de datos.
Ergo, Usted puede demandar con éxito a quien, tras haberle solicitado la eliminación de su dirección de la base de datos, sigue vendiéndola. Vea nuestra propuesta de RespuestaAlSpamSegúnLaLeyDeProtecciónDeDatosPersonales.
Puede ver el texto completo (mas algunos comentarios) de la LeyDeProtecciónDeDatosPersonales.
LeyDeFirmaDigital
(incluir)
Anteproyectos de Ley
Proyecto de la SECOM
Está en http://www.secom.gov.ar/municipios/ver.asp?MID=10&tipo=nota&id=128
El proyecto de la SECOM era excelente, pero por motivos coyunturales quedó tanto tiempo esperando ser tratado que habría que volver a presentarlo para su tratamiento.
Hay varios proyectos nuevos presentados, pero suelen tener falencias importantes, no tanto en el tema del spam específicamente, sino en la confusión derivada de la ignorancia de temas tecnológicos que harían más compleja y confusa la situación de lo que es hoy. Por ejemplo, alguno de ellos no discrimina entre el e-mail y la Web.
Proyecto de iCAUCE.Ar (no presentado al Congreso aún)
Todo lo expresado en la PropuestaParaCombatirElSpamEnArgentina está corporizado en en términos legales en la PropuestaDeLeyDeIcauceAr.
